VII AUXILIARES DEL COMERCIO

AUXILIARES DE COMERCIO
      En el ejercicio del comercio no toda la actividad recae sobre los comerciantes directamente en el intercambio o mediación de bienes y servicios. Así como el Estado interviene en el comercio como parte en los actos de comercio y como organismo público regulador en la actividad comercial; los industriales y fabricantes en la producción de bienes; la población como consumidor de los bienes y servicios; y los comerciantes en la mediación e intercambio de bienes y servicios entre el productor y el consumidor, existen organismos auxiliares que sirven de intermediarios, de protectores, facilitadores y promotores del comercio y de quienes intervienen en él. Estos organismos son: la Cámara de Comercio, la Bolsa de Valores y las Ferias y los Mercados. Son organismos integrados por particulares, que revisten la forma de personas jurídicas de carácter privado, pero de interés público por la participación de la sociedad como consumidor y adquirente de los bienes y servicios en el mercado, a la cual hay que proteger de la especulación y de los daños y perjuicios. Es decir, por razones de orden público.
Sus auxiliares son: Resultado de imagen para imagenes de comerciantes animadosAuxiliares del Comercio Independiente
Comisionista: el comerciante que por lo regular es el comodante confiere comisión mercantil al comisionista, quien desempeña la realización de actos concretos de comercio, mediante la instrucción que aquél le da por escrito.
Agentes de Comercio: Son quienes auxilian al comercio y que de manera autónoma se encarga de fomentar los negocios de los comerciantes.
Corredores: Son personas ante las que se proponen, ajustan y otorgan los contratos mercantiles.
Agentes aduanales: Son quienes intervienen en el trámite de la importación y exportación de mercancías y tienen la autorización de la patente respectiva.
Contadores Públicos: Profesionales que auxilian a los comerciantes en el examen de la situación de sus empresas y llevan el sistema de contabilidad correspondiente.
Auxiliare del Comercio Dependiente
    Consideramos auxiliares dependientes del comerciante porque prestan sus servicios, dependen económicamente y están bajo la dirección del comerciante.
Factores: Son quienes tienen la dirección de alguna empresa o establecimiento fabril, comercial o están autorizados para contratar respecto a todos los negocios concernientes a dichos establecimientos o empresas por cuenta y en nombre de los propietarios del mismo (art. 309 del Código de Comercio).
Dependientes: Aquellos que desempeñan alguna o algunas gestiones propias del tráfico comercial en nombre y cuenta del propietario de éste.
Contadores Privados: Son los auxiliares encargados de llevar la contabilidad del comerciante del cual dependen.
Agentes de ventas: Son los que gestionan la venta y pedidos de mercadería del comerciante en determinada plaza.
Viajantes de ventas: Son vendedores foráneos que recorren la República levantando pedidos sobre muestras de mercaderías del comerciante.
Empleados: Son quienes colaboran directamente con el comerciante y están sujetos a un horario dentro del cual prestan sus servicios.


No hay comentarios:

Publicar un comentario